La Licencia de obra o Licencia urbanística o Permiso de construcción es un permiso requerido, normalmente por la administración local, para la realización de cualquier tipo de construcción, supone la autorización municipal para realizar las obras. Su fin es comprobar la adecuación de la solicitud de licencia a lo establecido en la normativa urbanística.
En la mayoría de los casos, aunque depende de las legislación vigente en cada región, están sujetos a licencia de obras las siguientes actividades:
- Las parcelaciones urbanísticas.
- Los movimientos de tierra.
- Las obras de nueva planta.
- Las modificaciones de estructura o aspecto exterior de las edificaciones existentes.
- Las obras que modifiquen la disposición interior de los edificios cualquiera que sea su uso.
- La primera utilización de los edificios y las modificaciones de uso de los mismos.
- El uso del vuelo sobre edificaciones e instalaciones en general.
- Las instalaciones subterráneas dedicadas a aparcamientos o cualquier otro uso.
- La demolición de construcciones.
- La colocación de carteles de propaganda visibles desde la vía pública.
- La corta de árboles enclavados en terrenos dentro del Planes de Ordenación Urbana.
- Los demás actos que se señalen en los Planes.
Fuente: wikipedia- licencia de obras
Así que según el municipio nos pedirán unos u otros documentos. En general para construir una vivienda legal, nos pedirán un proyecto firmado por técnico competente, y en muchos casos el "nombramiento" del aparejador:
Documentación que solicita el ayuntamiento de Mungia, en Bizkaia, para solicitar la Licencia de Obras |
En el Proyecto técnico del Arquitecto, se suele incluir el Estudio (Básico) de Seguridad y Salud, así como el Programa de Control de Calidad. El responsable directo del seguimiento de este programa de control de calidad será el Arquitecto Técnico, de ahí que en la licencia se solicite el nombramiento de este técnico.
El Plan de Seguridad y Salud es el documento que redacta la constructora adaptando el Estudio de Seguridad a su forma de funcionar (dentro de la seguridad). En el Plan se adoptan las medidas propuestas en el Estudio de seguridad o se proponen nuevas medidas no disminuyendo en ningún caso el nivel de seguridad exigido en proyecto. Este plan deberá ser aprobado por el Coordinador de Seguridad de la obra (que puede ser uno de los técnicos de la Dirección de Obra u otro externo habilitado), por lo que a estas alturas ya lo deberemos tener contratado. Con esta medida el ayuntamiento se asegura que la obra cuenta con Coordinador de Seguridad y que éste a examinado el plan del contratista.
El aval bancario, es la fianza, normalmente en función del presupuesto de ejecución material que solicita el ayuntamiento para posibles obras que tuviera que ejecutar en el caso de que se complicase mucho la obra, o entrasen piratas y corsarios con hormigonera...
Y con esto a construir...
El siguiente documento es el que nos solicita la documentación para legalizar la obra, que debemos conocer para que no se nos olvide recopilar la información o documentación durante la obra:
Documentación necesaria para obtener el permiso de primera utilización de la vivienda que solicita el ayuntamiento de Mungia |
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